Inventario
y tipificación de los humedales de Asturias
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| Antecedentes
El término humedal se utiliza como una adaptación del término inglés wetland y surge de la necesidad creciente de referirse a áreas que, sin ser ríos, representan ecosistemas semiterrestres que merecen un interés especial desde el punto de vista ecológico y de conservación de la naturaleza. La superficie que ocupan los humedales es relativamente reducida en términos cuantitatívos, especialmente cuando se compara con otros ecosistemas a nivel mundial. Sin embargo, la importancia de estos ecosistemas ha sido reconocida de forma general hasta el punto de ser objeto de un convenio de proteccion especifico: El Convenio de RAMSAR, firmado en 1971 y ratificadoo por España en 1982. En este convenio se definen los humedales como "...extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros." Como se puede deducir de la definición anterior, bajo el término de humedal pueden acogerse numerosas formaciones de naturaleza a veces muy heterogénea. La necesidad de una definición mas precisa se hace pues imprescindible para la acometida de un inventario de este tipo de formaciones. González Bernaldez (1982) propone una definición en la cual se hace especial énfasis en la presencia de agua en el terreno ya que define el termino como "toda anomalia hídrica positiva del terreno de suficiente tamaño y duración como para poseer comunidades biológicas diferentes a las de su entorno y que no es ni un río ni un lago.". En el caso presente, y debido a la escasa importancia en extension que presentan los humedales asturianos de acuerdo con una definición estricta, se incluyen tambien los lagos, estuarios, embalses y turberas en el mismo concepto. En este trabajo se adopta la siguiente definición del término humedal: aquella zona donde se produce una acumulación y retención de agua, de modo natural o artificial, de forma que se permite el desarrollo de una serie de comunidades biológicas características e indicadoras de estos medios. Las condiciones climáticas de Asturias, con unas precipitaciones relativamente abundantes y aridez poco frecuente, permiten el desarrollo de formas encharcadas o semiturbosas (Llamargas y tremedales) cuyo carácter de transición hace difícil su inclusión o exclusión en el catálogo. En estas formas se ha adoptado el criterio de incluir la formación en el listado cuando ha podido comprobarse la existencia de un topónimo relacionado con el agua, entendiendose que éste sería indicativo de una entidad propia y característica y de unas condiciones ambientales con una permanencia suficiente como para ser incorporadas en la toponimia tradicional. Objetivos del proyecto El presente trabajo se realiza por encargo de la Dirección Regional de Recursoso Naturales (Consejería de Medio Ambiente y Urbanismo del Principado de Asturias), con el título Inventario y Tipificacíon de los Humedales Asturianos. La definición del trabajo, expresada en el convenio establecido entre la consejería de Medio Ambiente y Urbanismo y el INDUROT, es la siguiente: " elaboración de un inventario y caracterización de los humedales del Principado de Asturias, con soporte informático, así como el diseño de una base de datos compatible y coordinada con el resto de los proyectos que se realizan para la Consejeria de Medio Ambiente y Urbanismo". En el trabajo, pueden distinguirse, por tanto, tres fases:
Finalmente y para resumir, citamos que se han utilizado ocho tipos distintos de unidad para la inclusión en la misma del total de humedales incluidos cuyo número asciende a 325. |
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